Como ya sabeis todos seguimos teniendo problemas para repoblar,aunque legalmente creo que podriamos porque pedimos poder hacerlo mediante una carta enviada por procedimiento administrativo el dia 18 de mayo.Segun el articulo 50 punto 2 del reglamento de pesca de febrero de 2008 dice que una vez solicitada se entendera como positiva si pasado un mes no se contesta.
¿Que ley es prioritaria la que dice que se prohibe repoblar o esta mencionada anteriormente?
Se esta repoblando en el resto de Espana y en Aragon no.
Creo que no vamos por buen camino,aunque en las reuniones conla Federacion afirman que trabajan dia y noche .TANTO TRABAJO SE LES OLVIDA CONTESTAR AUNQUE SEA SIMPLEMENTE DICIENDO QUE ESTA PROHIBIDO.POR EDUCACION Y SY LO QUE QUIEREN ES DILOGAR E IR TODOS JUNTOS SE DEBERIA CONTESTAR Y NO DEJAR ESOS TEMAS AL AZAR.
Los realizamos entre dos Sociedades de pescadores una en España (Asociacion de Caza y Pesca Barbastrense )y otra en Francia (Asociacion de Campan) .LLevamos 32 años haciéndolos . Se realizan en dos fines de semana uno en Francia y otro en España .Y cada fin de semana son unos 30 pescadores los que vamos de un país a otro para practicar nuestro deporte favorito.
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