miércoles, 30 de mayo de 2012

Suspendemos el papa de este domingo

Como ya sabeis todos  seguimos teniendo problemas para repoblar,aunque legalmente creo que podriamos porque pedimos poder hacerlo mediante una carta enviada por procedimiento administrativo el dia 18 de mayo.Segun el articulo 50 punto 2 del reglamento de  pesca de febrero de 2008 dice que una vez solicitada se entendera como positiva si pasado un mes no se contesta.
¿Que ley es prioritaria la que dice que se  prohibe repoblar o esta mencionada anteriormente?
Se esta repoblando en el resto de Espana  y en Aragon  no.
Creo que no vamos por buen camino,aunque en las reuniones conla Federacion afirman que trabajan dia y noche .TANTO TRABAJO SE LES OLVIDA CONTESTAR AUNQUE SEA SIMPLEMENTE DICIENDO QUE ESTA PROHIBIDO.POR EDUCACION Y SY LO QUE QUIEREN ES DILOGAR E IR TODOS JUNTOS  SE DEBERIA CONTESTAR Y NO DEJAR ESOS TEMAS AL AZAR.

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